El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), acordó interponer juicio de controversia constitucional en contra del Acuerdo administrativo del presidente de la República, conocido como “El decretazo”, Acuerdo por medio del cual AMLO ordena que, toda obra pública de su gobierno, presente y futura, deberá ser considerada de “seguridad nacional”.
En las Cámaras de Diputados y Senadores, se negaron a interponer el juicio, considerando subterfugios jurídicos por parte de Olga Sánchez Cordero, presidenta de la mesa directiva del Senado, la que se supone constitucionalista por cobrar como ministra en retiro. La bancada de Movimiento Ciudadano no acepta que la ministra en retiro utilice criterios jurídicos diferenciados para rechazar la impugnación de un decreto que, “a todas luces, invade competencias legislativas y, por lo tanto, puede y debe ser controvertido por el Senado de la República”. Ella tiene la legitimación para promover el juicio.
Pero, Olga Sánchez responde a los intereses derivados del abusivo poder del presidente de la República, no a los intereses de los representantes de los Estados, entiéndase los senadores. No se confrontará con su jefe. Olga ostenta el poder de la representación jurídica del Senado y la señora se niega a cumplir con su responsabilidad.
Los comisionados del INAI, en sesión plenaria de ayer miércoles, manifestaron que el documento promovido por el presidente López Obrador, se “traduce en un obstáculo a la aplicación del principio de máxima publicidad en la medida en que dificulta la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura” ¡Por supuesto que tienen la razón los comisionados! El Acuerdo adolece de inconstitucionalidad plena.
También refirieron los comisionados que el acuerdo, publicado el 22 de noviembre pasado en el Diario Oficial de la Federación, “se aleja del régimen constitucional, pues da lugar a que toda información de las obras de infraestructura de los sectores, antes precisados, tenga el carácter de reservada de manera general, previa y dogmática” ¡AMLO no quiere rendir cuentas!
No es posible darle la naturaleza de “seguridad nacional” a las obras civiles del gobierno federal, simplemente porque el presidente quiere que nada ni nadie se interponga en su camino, violentando la Constitución y leyes secundarias. Particulares que lleguen a ser afectados por las obras, no pueden acudir al juicio de amparo a quejarse para que la autoridad los ampare en contra de los abusos de las autoridades federales, todo por el simple acuerdo administrativo que desnaturaliza las obras para darles el carácter de “seguridad nacional”.
Los abusos del poder de AMLO son de cualquier régimen de gobierno autoritario y totalitario. El presidente busca a toda costa acallar a la disidencia y evitar cualquier expresión en pública, quiere extirpar cualquier forma de pensamiento opuesto a su “ideología”; es más, también pretende el adoctrinamiento y remodelación de las mentes de los manipulables; así lo reconoció el “genocida” que aplaude a la delincuencia en lugar de combatirla.
Los comisionados argumentan que el llamado “decretazo” viola la Constitución, en su artículo 6 Apartado A, fracción I, relativo a la transparencia y acceso a la información. Habida cuenta, expresaron que “la mejor manera de velar de manera integral por la transparencia y el acceso a la información en este caso, es buscar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre los problemas de inconstitucionalidad que hemos detectado”.
Si los ministros no sufren de la presión y abuso del poder presidencial, tendrán que declarar la inconstitucionalidad del Acuerdo administrativo, el cual carece de sustento constitucional y legal, como lo hemos comentado en otras Columnas.
Veamos que dice la Ley de Seguridad Nacional. Artículo 3.- Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a: I. La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país; II. La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio; III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno; IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes. Nada que ver con las obras públicas del gobierno de AMLO, por ello el presidente no fundamentó el Acuerdo en esta ley.
Luego, el Artículo 4 dice textualmente: “La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación”. Es todo lo contrario a los que suscribe AMLO en su “decretazo”.
Los ministros no tendrán más remedio que declarar la inconstitucionalidad de otro de los actos autoritarios del presidente López, quien gusta y practica la violación constante a las normas positivas mexicanas.
Ayer mismo la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, volvió a emitir acuerdo para “callar” al abusivo presidente y deje de entrometerse en el proceso de “revocación de mandato”. Queja presentada por el PRD, derivada del mitin político del pasado 1º de diciembre, evento en el cual el presidente hizo uso de recursos públicos llamando a sus huestes a participar en el proceso de “revocación de mandato” ¡AMLO debiera estar en la cárcel por violador contumaz de la Constitución!
Héctor Parra Rodríguez