Por El Vigilante Urbano
ROSENDO ANAYA, SIN OFICIO NI AUTOESTIMA POLÍTICA. -El secretario de la SEDEA, ha carecido del valor y capacidad de enfrentar una demanda por la construcción de la plaza Ameyalco, en el municipio de Amealco donde fue alcalde, la negación ha sido su única respuesta, y mensajes a través de terceras personas, para tratar de desmentir a la prensa. Sorprende que Rosendo Anaya, que a sido diputado local y alcalde de Amealco dos veces, sea un decepcionante funcionario, traicionando la confianza del señor gobernador, quien le dio, una encomienda en el gabinete.
Rosendo Anaya, debe enfrentar la demanda comportándose con un profesional de la política, y aplique se Derecho de Réplica, y abandone los lavaderos de los dimes y directes. Y para facilitar su asunto, nos hemos permitido transcribirle parte de esta ley.
“EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE EXPIDE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA Y REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Artículo Primero. – Se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 6o. párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Derecho de Réplica. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República Mexicana; tiene por objeto garantizar y reglamentar el ejercicio del derecho de réplica que establece el primer párrafo del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2. Para efectos de esta Ley, se entenderá por: I. II. Agencia de noticias: Empresa o institución que obtiene información, materiales editoriales o fotográficos, para venderlos o ponerlos a disposición a los medios de comunicación, mediante acuerdo o contrato. Derecho de réplica: El derecho de toda persona a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones que resulten pertinentes, respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por los sujetos obligados, relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen. 1 de 13 LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA CÁMARA DE D IPUTADOS DEL Secretaría General H. CONGRESO DE LA Secretaría de Servicios Parlamentarios III. UNIÓN Última Reforma DOF 30052018 Medio de comunicación: La persona, física o moral, que presta servicios de radiodifusión; servicios de televisión o audio restringidos; o que de manera impresa y/o electrónica difunde masivamente ideas, pensamientos, opiniones, creencias e informaciones de toda índole y que opera con sujeción a las disposiciones legales aplicables. IV. Productor independiente: La persona, física o moral, que genere y sea responsable de producir contenidos que sean publicados o transmitidos por los medios de comunicación.
Artículo 3. Toda persona podrá ejercer el derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado previsto en esta Ley y que le cause un agravio. Cuando la persona física afectada se encuentre imposibilitada para ejercer por sí misma el derecho o hubiere fallecido, lo podrá hacer el cónyuge, concubino, conviviente o parientes consanguíneos en línea directa ascendente o descendente hasta el segundo grado. En caso de que exista más de una persona legitimada para hacer valer el derecho de réplica, el primero en presentar la solicitud será el que ejercerá dicho derecho.
QEsperamos que, con este fragmento de la ley sobre el Derecho Réplica, el secretario de la SEDEA, nos convoque a publicar su reclamo, por los artículos y caricaturas, para que los involucrados demos respuesta al malestar del señalado. Y así, la ciudadanía tendrá un panorama claro de este asunto de plaza Ameyalco, en el municipio de Amealco.